N-400 por la regla de 3 años: lista para casados con un ciudadano

Ciudadanía después de 3 años casado con un ciudadano: quién califica, los documentos que pide USCIS con el Formulario N-400 y qué llevar a la entrevista.

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Sample album cover with the couple's names and case numbers
Portada
Sample album page with three photos, each with its date, place and who is in it
Página 2
Sample album page with two more photos and their captions
Página 3

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¿Califica por la regla de 3 años?

  • Tiene su green card desde hace al menos 3 años.
  • Ha estado casado y viviendo con su cónyuge ciudadano durante los últimos 3 años.
  • Su cónyuge ha sido ciudadano estadounidense todo ese tiempo.
  • Ha estado físicamente en EE. UU. al menos 18 meses de esos 3 años.
  • Ha vivido al menos 3 meses en el estado o distrito de USCIS donde presenta la solicitud.
  • Sigue casado con su cónyuge ciudadano hasta el Juramento de Lealtad.

Si algo de esto no se cumple, puede aplicar la regla general de 5 años. USCIS permite presentar hasta 90 días antes de cumplir 3 años como residente permanente.

Documentos para enviar con el N-400

Todos los solicitantes

  • Copia del frente y del reverso de su green card
  • La tarifa que indica la página del formulario en USCIS
  • Dos fotos tipo pasaporte, solo si vive fuera de Estados Unidos

Prueba para la regla de matrimonio

  • Prueba de que su cónyuge es ciudadano desde hace 3 años: acta de nacimiento, certificado de naturalización o de ciudadanía, Formulario FS-240, o las páginas de foto y firma de su pasaporte estadounidense
  • Su acta de matrimonio actual
  • Prueba de que terminó cada matrimonio anterior de su cónyuge: divorcio, anulación o acta de defunción
  • Prueba de que terminó cada matrimonio anterior suyo, si estuvo casado antes
  • Documentos a nombre de los dos: declaraciones de impuestos, cuentas bancarias, contratos de renta, hipotecas o actas de nacimiento de sus hijos, o transcripciones de impuestos del IRS de los últimos 3 años

Solo si le aplica

  • Documentos que cambiaron legalmente su nombre
  • Si hizo un viaje de 6 meses o más: prueba de sus lazos con EE. UU., como transcripciones del IRS, pagos de renta o hipoteca y talones de pago
  • Registros judiciales de cualquier arresto, cargo o condena
  • Prueba de manutención de hijos que no viven con usted
  • Registros de impuestos atrasados y su plan de pago
  • Formulario N-648 para una excepción por discapacidad a los exámenes

Qué llevar a la entrevista del N-400

Aviso e identificación

  • Aviso de entrevista
  • Green card
  • Identificación estatal o licencia de conducir
  • Todos sus pasaportes y documentos de viaje, vigentes y vencidos

Su matrimonio

  • Los originales del acta de matrimonio y de los documentos que envió en copia
  • Prueba de que su cónyuge es ciudadano
  • Prueba nueva de su vida juntos desde que presentó: contrato de renta o hipoteca actual, estados de cuenta conjuntos recientes, seguros y fotos con fecha Hacer esta parte ahora

Antes de ir

  • Notas sobre lo que cambió desde que presentó
  • Cualquier documento que pida su aviso
  • Practique en voz alta las preguntas de civismo y de inglés

Muestre su matrimonio con claridad

El oficial revisa que han vivido en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano durante los últimos 3 años. Registros conjuntos de esos 3 años, en orden, lo hacen fácil de ver.

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Esto es información general, no asesoría legal. Revise las instrucciones vigentes de USCIS para su formulario, o consulte a un abogado de inmigración sobre su caso.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ciudadanía después de 3 años de matrimonio con un ciudadano?

Sí, si tiene la green card desde hace 3 años, ha estado casado y viviendo con su cónyuge ciudadano esos 3 años, su cónyuge fue ciudadano todo ese tiempo y cumple las reglas de 18 meses de presencia física y 3 meses de residencia.

¿Tenemos que vivir juntos?

Sí. La regla de 3 años exige vivir en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano durante los 3 años antes de presentar.

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Fuentes oficiales (en inglés)

Case Album es un programa independiente, sin relación con USCIS. Esta guía es información general, no asesoría legal. Lea nuestros estándares editoriales (en inglés).